Archive for the ‘derechos’ Category

Un Gobierno en funciones no puede aprobar la ‘Ley Sinde’

Viernes, Diciembre 2nd, 2011

(Este es un post colectivo. Tomado de Magonia, uno de los centenares de blogs donde se ha reproducido).

Ante la previsible aprobación dentro de unas horas de la polémica Ley Sinde, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de Internet seguimos manifestando -como hicimos en el Manifiesto del 2 de diciembre de 2009- nuestra firme oposición a una norma que incluye modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet. En principio no parece de recibo que un Gobierno en funciones adopte esta decisión en su último o uno de sus últimos Consejos de Ministros. Sería doblemente grave que se confirmaran las presiones ejercidas por EEUU, a través de su embajada en Madrid, como revelaron los cables de Wikileaks. (más…)

Europa duda de la legalidad del canon digital en España

Martes, Mayo 11th, 2010

El canon digital sólo puede gravar los equipos, aparatos y materiales de reproducción digital que presumiblemente se utilicen para realizar copias privadas, y no puede aplicarse indiscriminadamente a empresas o profesionales que los utilicen claramente para otras finalidades

Verica Trstenjak, abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE).

Más claro, el agua.

Es legítimo favorecer al Software Libre

Miércoles, Marzo 31st, 2010

La Corte Constitucional italiana ha dictaminado que favorecer la preferencia por el Sofware Libre es legal, y que no afecta a la libre competencia.

Esta sentencia viene a ratificar la ley aprobada por el Consejo Regional de Piemonte que favorece a los programas pertenecientes a la categoría de software libre y a los programas en los que el código es inspeccionable por el licenciatario.

La Presidencia del Consejo de Ministros impugnaba esta norma, pidiendo al Tribunal Constitucional que la declarara ilegal, bajo las presiones de los lobbies del software privativo en Italia.

Esta sentencia es histórica y muy importante, porque viene a demostrar que los argumentos en contra de la prioridad del software libre por supuestamente atentar contra la libre competencia son una falacia:

Los conceptos de software libre y software de código abierto, no son nociones relativas a una tecnología determinada, marca o producto, sino que expresan una característica jurídica.

Lo que viene a decir que nada impide que un fabricante cualquiera utilice una licencia libre y, por lo tanto, Software Libre.

Es un debate importante para la ciudadanía de cualquier país: ¿debe favorecer la administración el uso de Software Libre? Ahora hay un nuevo argumento para desmontar la falacia de la libre competencia, que en ningún momento defiende los intereses de los ciudadanos, solo de las empresas de software privativo.

Vía: Histórica sentencia de la Corte Constitucional: es legítimo favorecer el software libre.

Manifiesto “En defensa de los derechos fundamentales en Internet”

Miércoles, Diciembre 2nd, 2009

Como reacción al anteproyecto de Ley de Economía Sostenible, la comunidad de bloggers, usuarios y periodistas en internet han redactado un manifiesto “en defensa de los derechos fundamentales en Internet“.

El anteproyecto de ley plantea una serie de cláusulas abusivas que no podemos aceptar (como por ejemplo, que sea posible bloquear sitios en Internet sin intervención judicial).

Por favor, dadle la máxima difusión al manifiesto.

MANIFIESTO

1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.

2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.

3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.

4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.

5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.

6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.

7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.

8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.

9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.

10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia. Por favor difunde este manifiesto en tu blog, Twitter, en redes sociales, en foros o imprímelo y repártelo.